Convenio Sociedades PYME

  • CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIEDADES

En Madrid, a 01 de enero de 202X               

 

INTERVIENEN

DE UNA PARTE, D. Carlos Bande Búa, mayor de edad, provisto de Documento Nacional de Identidad número 50.435.149-J, en nombre y representación, en calidad de Administrador Único, de CBB GESTIÓN Y ASESORAMIENTO EMPRESARIAL, S.L., sociedad de responsabilidad limitada de nacionalidad española, dedicada a la prestación de servicios de asesoría fiscal, laboral y contable, con domicilio en Madrid, Calle Los Fresnos 94, constituida por tiempo de duración indefinido en escritura de fecha 29 de Mayo de 2012, otorgada ante el Notario de Madrid Dña. María Luisa Saura Fischer, con el número 2012/383 de su protocolo; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 29935, Folio 140, Hoja Número M538759; y provista de Código de Identificación Fiscal B86477163.

DE OTRA PARTE, D/Dña. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, mayor de edad, con domicilio profesional en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con Documento Nacional de Identidad número XX.XXX.XXX—Z, en nombre y representación, en calidad de Administradora Única (apoderado), de XXXXXXXXXXXXXXXXXX, sociedad de responsabilidad limitada de nacionalidad española, con domicilio en Madrid, XXXXXXXXXX, constituida por tiempo de duración indefinido en escritura de fecha XX de XXXXX de 20XX, otorgada ante el Notario de Madrid D. XXXXXXXXXXXX con el número XXXXXXXXXX de su protocolo; inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo XXXXXX, Folio XXX, Sección XX, Hoja Número XXXXXXXXXX; y provista de Código de Identificación Fiscal XXXXXXXXXXXXX.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente, y en su virtud

 

EXPONEN

Que Xxxxx Xxxxx Xxxxx (en lo sucesivo, el “CLIENTE”) desea contratar el siguiente:

I. Que Xxxxx Xxxxx Xxxxx (en lo sucesivo, el “CLIENTE”) desea contratar el siguiente:

  1. PLAN BASE de prestación de:
    1. servicio de asesoría fiscal;
    2. servicio de asesoramiento laboral;
    3. servicio de asesoría contable
    4. con acceso online al Portal Asesor de la Asesoría en el que dispondrá de toda su información contable, con entrega de gestor documental y programa de facturación. 
    5. y servicio de recepción de Notificaciones Electrónicas Obligatorias.
    6. El servicio no incluye el registro de facturas ni la elaboración de modelos de impuestos.
  2. PLAN ESTÁNDAR de prestación de servicios de:
    1. asesoramiento y gestión fiscal;
    2. asesoramiento laboral y gestión de nóminas, en su caso;
    3. asesoría y gestión contable y mercantil,
    4. con acceso online al Portal Asesor de la Asesoría en el que dispondrá de toda su información contable, fiscal y laboral, con entrega de gestor documental y programa de facturación
    5. y servicio de recepción de Notificaciones Electrónicas Obligatorias.
    6. Incluye registro de facturas entregadas en pdf o jpg en nuestro Portal Asesor o registradas por el cliente en el programa de facturación; y descarga de los extractos bancarios en el apartado correspondiente de nuestro Portal Asesor).
  3. PLAN SUPERIOR de prestación de servicios de:
    1. asesoramiento y gestión fiscal;
    2. asesoramiento laboral y gestión de nóminas, en su caso;
    3. asesoría y gestión contable y mercantil,
    4. con acceso online al Portal Asesor de la ASESORÍA en el dispondrá de toda su información contable, fiscal y laboral, con entrega de gestos documental y programa de facturación.
    5. y servicio de recepción de Notificaciones Electrónicas Obligatorias.
    6. El servicio incluye el registro de facturas por parte de la Asesoría y la descarga de los extractos bancarios en el apartado diezbank de nuestro Portal Asesor.

II. Que CBB GESTIÓN Y ASESORAMIENTO EMPRESARIAL, S.L., (en lo sucesivo, la “PRESTADORA”) es una entidad
especializada en la prestación de los servicios anteriormente indicados y cuenta con los elementos personales y
materiales necesarios para ello.

III. El CLIENTE y la PRESTADORA tienen convenido celebrar el presente Contrato, lo que llevan a efecto con arreglo a las siguientes,

 

CLÁUSULAS

1. CONTRATACIÓN DE LA PRESTADORA:

Por el presente el CLIENTE contrata los servicios de la PRESTADORA, quien acepta prestarlos al Cliente, todo ello en los términos y condiciones establecidos en este Contrato.

2. ÁMBITO DE LOS SERVICIOS:

Los servicios que la PRESTADORA deberá prestar al Cliente de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato son los relacionados en el Anexo A.

3. DISPONIBILIDAD DE PERSONAL:

La PRESTADORA estará a disposición del CLIENTE por medio de personal idóneo para la prestación de los servicios materia de este Contrato.

4. DILIGENCIA – DIRECCIÓN:

La PRESTADORA prestará los servicios materia de este Contrato con diligencia y puntualidad, todo ello a uso de buen y ordenado comerciante.

5. HONORARIOS:

Por los servicios que la PRESTADORA se obliga a prestar al Cliente de acuerdo con este Contrato, corresponderán a la PRESTADORA los honorarios establecidos para cada clase de servicios en el Anexo B.

En caso de prórroga de este Contrato, el importe de los honorarios establecido en el Anexo B podrá ser revisado, con carácter general y para cada periodo de prórroga, previo aviso al CLIENTE con un mes de antelación.

6. GASTOS:

Los suplidos, tales como actuaciones y servicios de profesionales y/o entidades públicas, ajenos a CBB GESTIÓN, como Registro Mercantil, Registro de la propiedad, Notarios, etc., en que la PRESTADORA incurra con ocasión de prestar los servicios materia de este Contrato serán de cargo del CLIENTE y se facturarán, en la medida en que se incurra en ellos, con arreglo a lo establecido en la cláusula 7. Dichos gastos ajenos en que se incurra deben ser notificados y aceptados previamente por el CLIENTE.

7. FACTURACIÓN – FORMA DE PAGO:

Los honorarios a que se refiere la cláusula 5 se facturarán por meses vencidos a partir del mes correspondiente a la fecha de este Contrato. Las facturas se emitirán dentro de los cinco (5) primeros días del mes siguiente al mes de que se trate y los pagos se efectuarán mediante domiciliación bancaria de los recibos correspondientes en la cuenta corriente número XXXX XXXX XX XXXXXXXXXX a nombre del CLIENTE en BancoXXXXXXX, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su emisión.

Los gastos a que se refiere la cláusula 6 se facturarán junto con los honorarios correspondientes al mes siguiente a aquel en que tales gastos hayan sido incurridos.

En caso de que se produzcan la devolución de los recibos emitidos por la PRESTADORA, ya sea a voluntad del CLIENTE o de su entidad bancaria, se aplicará un recargo de 7 € por dicha devolución en la cuota correspondiente devuelta, siendo el Cliente el responsable de abonar dicha cuota mediante trasferencia bancaria o ingreso, en la cuenta corriente, nº ES91 0030 1502 62 0001047271 a nombre de CBB Gestión y Asesoramiento Empresarial, S.L. en un plazo de siete días máximo una vez comunicado al CLIENTE dicha incidencia.

8. PROTECCIÓN DE DATOS:

En caso de que por razón de la prestación de los servicios materia de este Contrato la PRESTADORA deba tener acceso a bases de datos de carácter personal propiedad o en poder del CLIENTE, la PRESTADORA: (a) únicamente tratará los datos a los que tenga acceso con arreglo a las instrucciones que al efecto le dé el CLIENTE y no los aplicará a ni utilizará con finalidad distinta a la indicada en dichas instrucciones, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a terceros; (b) adoptará medidas de seguridad de nivel básico (o de aquel nivel superior que, en su caso, corresponda) que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado; y (c) devolverá al Cliente los datos de carácter personal que obren en su poder a la fecha de terminación del Contrato y destruirá los soportes o documentos en que consten tales datos de carácter personal.

Adicionalmente y sin perjuicio de lo anterior, el CLIENTE queda informado de lo siguiente: (i) sus datos de carácter personal quedarán incorporados a un fichero automatizado propiedad de la PRESTADORA; (ii) la finalidad de dicho fichero es la de prestar, mejorar y completar los servicios que la PRESTADORA ofrece; (iii) el CLIENTE consiente que la PRESTADORA pueda enviarle comunicaciones comerciales por cualquier medio (correo postal, correo electrónico o medios de comunicación electrónicas equivalentes), al objeto de informarle sobre productos o servicios propios que actualmente ofrezcan o que en el futuro pudieran ofertar; (iv) el CLIENTE puede hacer valer, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos establecidos en la legislación vigente, dirigiéndose para ello a la dirección que consta en el presente Contrato mediante carta certificada con acuse de recibo; (v) la aceptación por parte del CLIENTE de que sus datos de carácter personal puedan ser tratados o cedidos en la forma anteriormente establecida tiene siempre el carácter de revocable, sin efectos retroactivos, conforme a lo que disponen los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999.

9. CONFIDENCIALIDAD:

Todos los documentos, escritos, información, etc. elaborados por la PRESTADORA en relación con el CLIENTE o su personal o sus actividades durante la vigencia de este Contrato son y seguirán siendo siempre propiedad del CLIENTE. No obstante, la PRESTADORA tendrá derecho a conservar copia de tales documentos, escritos, información, etc. en la medida en que la PRESTADORA lo estime conveniente. la PRESTADORA se obliga a guardar secreto profesional, tanto durante la vigencia de este Contrato cuanto después de su terminación, sobre las materias que no estando en el dominio público sean privativas del CLIENTE, quedando exceptuada de esta obligación información que la PRESTADORA deba revelar en cumplimiento de leyes o reglamentos o por requerirlo u ordenarlo una agencia u organismo administrativo o un juez o tribunal competente en ejercicio de sus competencias.

10. DURACIÓN – PRÓRROGA:

El presente Contrato se establece por un periodo inicial de un (1) año contado desde la fecha de este Contrato, transcurrido el cual este Contrato se entenderá prorrogado por sucesivos periodos de un (1) año, salvo notificación dada en contrario por cualquiera de las partes con quince (15) días de antelación a la fecha de finalización del periodo inicial de este Contrato o de cualquiera de sus prórrogas.

11. RESOLUCIÓN ANTICIPADA:

Este Contrato podrá ser resuelto por cualquiera de las partes en cualquier momento, mediante notificación dada a la otra parte con quince (15) días de antelación a la fecha prevista de resolución anticipada de este Contrato.

12. NOTIFICACIONES:

Toda notificación u otra comunicación que pueda o deba darse de acuerdo con este Contrato se dará por escrito y deberá ser (a elección de la parte que deba dar tal notificación): (i) entregada personalmente, (ii) enviada por correo certificado, con acuse de recibo, o (iii) transmitida por correo electrónico a las direcciones facilitadas por las partes.

Todas las notificaciones u otras comunicaciones serán consideradas válidamente dadas (i) en la fecha de su entrega, si son entregadas personalmente; (ii) tres (3) días después de haber sido enviadas, en caso de haber sido enviadas por correo; o (iii) el día siguiente a la fecha en que una copia legible sea recibida por el destinatario, si han sido transmitidas por correo electrónico. Cualquiera de las partes podrá cambiar de dirección a efectos de notificaciones mediante notificación a la otra parte.

13. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES:

La PRESTADORA y el CLIENTE declaran ser totalmente separadas e independientes la una de la otra, y no ser representantes, mandatarios, empleados, socios, partícipes, o agentes el uno respecto del otro en ningún sentido. La PRESTADORA actúa en su nombre propio y bajo su sola responsabilidad en sus relaciones con su personal y, en general, con terceros, de forma que no podrá comprometerse en forma alguna la responsabilidad del CLIENTE por el hecho de la prestación de servicios objeto de este Contrato. En particular, en ningún caso podrá considerarse que el presente Contrato establece relación contractual alguna entre el CLIENTE y los empleados de la PRESTADORA.

14. NO CESIÓN:

Ni el CLIENTE ni la PRESTADORA podrán ceder, en todo o en parte, los derechos que le corresponden con arreglo a este Contrato ni su posición contractual.

15. LEY APLICABLE:

Este Contrato estará regido en todos sus aspectos, incluyendo validez, interpretación y eficacia, por el derecho común español, con exclusión de todo derecho foral.

16. INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO:

En todo caso, la interpretación de los términos del presente contrato se realizará siempre atendiendo a la buena fe en beneficio de ambas partes.

17. NATURALEZA JURÍDICA:

El presente contrato tiene naturaleza mercantil, y no supone la existencia de relación laboral alguna entre las partes intervinientes.

18. FUERO COMPETENTE:

Para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten expresamente a la competencia de los jueces y tribunales de Madrid capital y renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

19. CONTRATO COMPLETO.

Este Contrato constituye el acuerdo total entre las partes con respecto a las materias objeto del mismo, deja sin efecto todo acuerdo verbal o escrito entre las partes con anterioridad al mismo y solamente podrá ser modificado por otro acuerdo escrito firmado por ambas partes.

Y en prueba de conformidad y aceptación firman el presente contrato que se extiende por duplicado ejemplar, en lugar y fecha al principio indicados

Fdo. D. Carlos Bande Búa                                  Fdo. D/Dª. Xxxxx Xxxxx Xxxxx

D.N.I 33.522.831 D                               D.N.I XX.XXX.XXX-Z

 

Anexo A

DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA PRESTADORA

1.    Área Contable.
1.1.  Asesoría Administrativa-Contable (Todos los Planes):

(a) análisis previo de su situación, detección de posibles errores o mejoras de aplicación inmediata;

(b) recogida y entrega de documentación a través de un gestor documental online facilitado por la PRESTADORA de forma gratuita, o a través de correo electrónico, para su tratamiento o análisis;

(c) entrega gratuita de software de facturación y control de resultados para que el CLIENTE pueda generar y grabar sus presupuestos y facturas de ingresos y gastos.

(d) resolución de consultas originadas de la actividad ordinaria de la empresa en materia contable:

  • Obligaciones y procedimientos contables: libros, plazos de presentación
  • Información contable general
  • Novedades legislativas

1.2.  Gestión Contable (Plan Estándar y Superior):

(a)  El Plan Estándar incluye la comprobación de las facturas de Ingresos y Gastos grabados por el CLIENTE en el programa de facturación entregado; y/o el registro contable de facturas por parte de la ASESORÍA cuando son entregados por el CLIENTE en formato pdf o jpg a través de la aplicación correspondiente de nuestro Portal Asesor, o enviados por correo electrónico. Los extractos bancarios se cargarán por parte del cliente en el apartado diezbank de nuestro Portal Asesor.

El Plan Superior incluye la comprobación de las facturas de Ingresos y Gastos grabados por el CLIENTE en el programa de facturación entregado por CBB Gestión; y/o la preparación y elaboración de asientos en el Libro Diario con ell registro contable de facturas por parte de la ASESORÍA cuando son entregados por el CLIENTE en formato pdf o jpg a través de la aplicación correspondiente de nuestro Portal Asesor, o enviados por correo electrónico; o entregadas en papel en nuestro Despacho. Los extractos bancarios se cargarán por parte del cliente en el apartado diezbank de nuestro Portal Asesor.

(b) ordenación y archivo de documentación corriente para su envío al cliente a través del gestor documental online después de su tratamiento.

(c) grabación de extractos bancarios entregados por el cliente a través de nuestro módulo bancario; y conciliación bancaria anual;

(d) elaboración y legalización del Libro Diario e Inventario y Cuentas Anuales y/o su tramitación vía telemática.

(e) llevanza de los libros de I.V.A.;

(f) elaboración de Balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria, todo ello referido a la fecha del cierre del ejercicio social, para su depósito en el Registro Mercantil correspondiente;

(g) la entrega de las facturas por parte del cliente debe realizarse cinco días antes de la presentación domiciliada de los impuestos.

2.    Área Fiscal
2.1.  Asesoría Fiscal (Todos los planes):

(a) análisis previo e integral de su situación tributaria y vinculación entre impuestos, en especial I.R.P.F e I.S.;

(b) Planificación fiscal: análisis previo anticipativo al cierre fiscal, evaluando las distintas alternativas y ventajas (exenciones, deducciones y bonificaciones) y así poder tomar decisiones para reducir la carga fiscal en Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre la Renta e Impuesto sobre Sociedades.

(c) elaboración de calendario fiscal;

(d) resolución de consultas originadas de la actividad ordinaria de la empresa en materia fiscal:

  • Procedimientos tributarios
  • Información fiscal general
  • Novedades legislativas

1.2.  Gestión Fiscal (Plan Estándar y Superior):

(a) liquidación de impuestos domiciliados y confección de los impresos en relación con:

  • I.V.A. (mensuales o trimestrales y resumen anual)
  • Retenciones por trabajo personal a cuenta del I.R.P.F. (trimestrales y resumen anual)
  • Retenciones por alquileres a cuenta del I.R.P.F./I.S. (trimestrales y resumen anual)
  • Pagos Fraccionados a cuenta del Impuesto de Sociedades (trimestrales)
  • Declaración de Operaciones con terceros (anual);
  • Impuesto sobre Sociedades (anual);

(b) asistencia técnica ante la administración:

  • Asistencia y contestación a requerimientos, liquidaciones y recursos en todos los Impuestos de nuestro ámbito de actuación ante la AEAT,
(c) servicio de recepción de Notificaciones de Hacienda. Gestión Dirección Electrónica Habilitada. El CLIENTE debe tener vigente su certificado digital para autorizar a la PRESTADORA a dicha recepción.
(d) la presentación de impuestos se realizará con el modo de pago de domiciliación bancaria.

 

3.    Área Mercantil (Plan Estándar y Superior):

(a) confección del Acta de la reunión del órgano de administración de la sociedad, que anualmente debe celebrarse para decidir sobre las cuentas anuales de cada ejercicio;

(b) confección del Acta de Junta General Ordinaria y Universal de Socios, que anualmente debe celebrarse para decidir sobre las cuentas anuales de cada ejercicio;

(c) confección de la documentación necesaria para el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil correspondiente y depósito de las mismas;

(d) llevanza del Libro de Actas de la Sociedad;

 
4.    Área Laboral
4.1.  Asesoría Laboral (Todos los Planes):

(a) elaboración de calendario laboral;

(a) resolución de consultas originadas de la actividad ordinaria de la empresa en materia laboral:

  • Procedimientos laborales
  • Información laboral general
  • Novedades legislativas
4.2.  Gestión Laboral (Plan Estándar y Superior):

(a) alta de la empresa en el sistema de Seguridad Social como empleador y obtención del código cuenta de cotización;

(b) formalización de contratos de trabajo en modelo oficial y realización de las tramitaciones necesarias ante el SPEE y la Tesorería General de la Seguridad Social, todo ello a través de Sistema Red y Sistema Contrata;

(c) tramitación a través de Sistema Red y Sistema Contrata de las modificaciones de contratos;

(d) preparación, llevanza y gestión de nóminas mensuales y extraordinarias de trabajadores;

(e) preparación y, en su caso, presentación de las correspondientes liquidaciones de Seguros Sociales (TC1 y TC2) con el modo de pago de domiciliación bancaria;

(f) Aplicación y revisión del Convenio Colectivo;

(h) control mensual de vencimientos de contratos, períodos de prueba y bonificaciones;

(i) cálculo anual de retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los trabajadores, así como, en los casos en que sea exigible, las regularizaciones obligatorias;

(j) tramitación de los partes médicos de baja, confirmación y alta por Incapacidad Temporal a través del Sistema Red y de Accidentes de Trabajo a través del Sistema Delta; no incluye gestiones presenciales en Organismos Públicos y Mutuas de Trabajo que se pudiesen requerir por esas causas.

(k) preparación de la documentación necesaria para la finalización de un contrato de trabajo, sea cual sea su causa;

(l) cálculo de indemnizaciones y liquidaciones en casos de extinción de contratos de trabajo y tramitaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social, todo ello a través de Sistema Red;

(m) asistencia técnica ante la administración:

  • Asistencia y contestación a requerimientos, liquidaciones y recursos en materia laboral derivadas de actuaciones llevadas a cabo por CBB GESTIÓN, S.L., ante la TGSS;

(n) servicio de recepción de Notificaciones de la TGSS. Gestión Dirección Habilitada. El CLIENTE debe tener vigente su certificado digital para autorizar a la PRESTADORA a dicha recepción.

 
 4.3. Otros servicios (plan Superior)
 

(a) Ayudamos a las empresas de hasta 25 trabajadores, que no desarrollen actividades de especial peligrosidad, a reflejar y gestionar el plan de Prevención de Riesgos Laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva, con la aplicación Prevención10.

(b) Facilitamos la adecuación al RGPD (Protección de datos) a las empresas que traten personales catalogados de bajo riesgo para los derechos y libertades de las personas como, por ejemplo clientes, proveedores y Recursos Humanos, haciendo uso de la herramienta Facilita RGPD. 

 

Anexo B

TABLA DE HONORARIOS DE LA PRESTADORA

I.   Nuestros honorarios en régimen de iguala por la prestación de los servicios descritos en el apartado anterior, ascenderían a

1. PLAN BASE. SETENTA Y CINCO EUROS (75 €) mensuales, IVA no incluido.

2. PLAN ESTÁNDAR. CIENTO CINCUENTA EUROS (150 €) mensuales, IVA no incluido. Incluye el registro de facturas en nuestro Portal Asesor en formato pdf o en jpg (hasta 30 documentos/mes. El exceso mensual se factura 0,30 € por documento); o registradas por el cliente a través del programa de facturación online gratuito (sin límite de facturas). Los extractos bancarios se recibirán a través del módulo correspondiente incluido en nuestro Portal Asesor.

  • Se hace notar que los servicios relativos a la gestión laboral de los trabajadores no están incluidos en los anteriores honorarios.
  • Por cada trabajador contratado se incrementaría el importe en DOCE CON CINCUENTA EUROS (12,50 €) por nómina/mes, IVA no incluido.
  • A partir de la tercera alta, baja o modificación de contratos, al año, éstas se facturarían de forma separada, al igual que la tramitación de partes médicos, por un importe de DOCE CON CINCUENTA EUROS (12,50 €) por gestión, IVA no incluido

3. PLAN SUPERIOR. CIENTO SETENTA Y CINCO EUROS (175 €) mensuales, IVA no incluido. Incluye el registro de facturas en nuestro Portal Asesor en formato pdf o en jpg (hasta 30 documentos/mes. El exceso mensual se factura 0,50 € por documento); o registradas por el cliente a través del programa de facturación online gratuito (sin límite de facturas).Los extractos bancarios se recibirán a través del módulo correspondiente incluido en nuestro Portal Asesor.

  • Se hace notar que los servicios relativos a la gestión laboral de los trabajadores no están incluidos en los anteriores honorarios.
  • Por cada trabajador contratado se incrementaría el importe en DOCE CON CINCUENTA EUROS (12,50 €) por nómina/mes, IVA no incluido.
  • A partir de la tercera alta, baja o modificación de contratos, al año, éstas se facturarían de forma separada, al igual que la tramitación de partes médicos, por un importe de DOCE CON CINCUENTA EUROS (12,50 €) por gestión, IVA no incluido

II.  Facturación y forma de pago.

Los honorarios correspondientes a los servicios descritos en el apartado I anterior, serán facturados y cobrados según lo dispuesto en la cláusula 7 del presente Contrato.

Notas:

  1. Los honorarios reflejados en el presente Anexo han sido determinados en base a circunstancias y volumen de trabajo estimados con arreglo a información facilitada por el CLIENTE. la PRESTADORA se reserva el derecho a revisar el importe de estos honorarios anualmente en caso de que las circunstancias o el volumen de trabajo estimados no se correspondan con los que resulten del conocimiento real y concreto de la situación del CLIENTE una vez iniciada la prestación de los servicios contratados o se produzca un cambio o variación significativa en las circunstancias o volumen de trabajo inicialmente considerados. En estos casos, la revisión del importe de los honorarios se realizará teniendo en cuenta la revisión de las tarifas de la PRESTADORA aplicables a la generalidad de sus clientes y las circunstancias y volumen de trabajo realmente previstos.
  2. CBB GESTIÓN se obliga a prestar los servicios devengados en materia fiscal, contable y laboral desde la fecha del presente contrato. Para aquellos periodos que no comprendan un ejercicio fiscal completo deberá solicitarse presupuesto independiente para las gestiones fiscales y contables devengados con anterioridad; ejemplos: declaración del IRPF o Impuesto de Sociedades del ejercicio anterior. Sí están incluidas las gestiones fiscales y contables que haya que realizar después de la finalización del contrato, pero devengadas con anterioridad a la misma; ejemplos: se incluirían la declaración del IRPF o el Impuesto de Sociedades, en su caso, del año siguiente. 

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